La justicia confirmó una indemnización de $3 millones a favor de un cliente que fue retenido por personal de seguridad de un supermercado Líder en La Serena, luego de ser acusado de intentar sustraer bebidas que, según se estableció posteriormente, no se pudo acreditar que hubiera robado.
La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la sentencia de primera instancia contra Administradora de Supermercados Híper Limitada, sociedad vinculada a la cadena.
Retención ocurrió tras una compra de 60 botellas
El caso se originó el 27 de febrero de 2020 en un establecimiento ubicado en calle Regimiento Arica, en La Serena.
De acuerdo con los antecedentes establecidos durante el juicio, el hombre había comprado 60 botellas de bebidas y posteriormente se encontraba cargando los productos en su vehículo.
En ese momento, guardias del supermercado lo acusaron de intentar llevarse una cantidad superior a la que había pagado.
Permaneció cerca de dos horas retenido
El cliente fue mantenido retenido por aproximadamente dos horas antes de ser entregado a Carabineros.
A partir de ese procedimiento se inició una causa penal por hurto, en cuyo contexto permaneció detenido durante unas 24 horas.
Sin embargo, posteriormente fue absuelto, debido a que no se logró demostrar de manera suficiente que hubiera sustraído productos pertenecientes al supermercado.
Pallet había sido trasladado por trabajadores de CCU
Uno de los antecedentes considerados en el proceso fue que un pallet con aproximadamente 410 botellas había sido movilizado hasta el estacionamiento por trabajadores de CCU.
Esta situación coincidió con el momento en que el cliente estaba cargando en su automóvil parte de los productos que efectivamente había adquirido.
El tribunal penal concluyó que no existían antecedentes suficientemente claros para atribuirle la apropiación de mercancía ajena.
Justicia cuestionó actuación de los guardias
Posteriormente, en el juicio civil, la magistrada concluyó que la actuación del personal de seguridad no estuvo sustentada en una sospecha suficientemente fundada.
En particular, no se logró demostrar que el afectado hubiera trasladado a su vehículo bebidas adicionales a las que había comprado.
Testigos eran los mismos guardias involucrados
La sentencia también consideró que los únicos testigos presentados por la empresa correspondían precisamente a los guardias que participaron en el procedimiento.
A partir de estos antecedentes, el tribunal determinó que existió culpa o negligencia por parte de trabajadores del supermercado al mantener retenido al cliente y posteriormente dar origen a una investigación penal.
Tribunal acreditó daño emocional y psicológico
La justicia estimó además que lo ocurrido produjo una afectación emocional y psicológica en el demandante.
Por ese motivo, estableció una indemnización de $3 millones por concepto de daño moral.
Las otras pérdidas económicas reclamadas en la demanda no fueron acogidas debido a que, según el fallo, no lograron ser debidamente acreditadas.
Demanda solicitaba inicialmente $55 millones
La acción judicial presentada originalmente buscaba obtener una indemnización total de $55 millones.
Finalmente, los tribunales acogieron únicamente el pago correspondiente al daño moral, fijándolo en $3 millones.
Con la resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago quedó ratificada la responsabilidad civil atribuida a la empresa por la forma en que se desarrolló la retención del cliente en el supermercado de La Serena.

